Comunitarios: N.I.E. y que el estudiante o sus sustentadores se encuentren trabajando en España.
No comunitarios: Deberán acreditar su condición de residentes, quedando excluidos los que se encuentran en situación de estancia.
Si sus ingresos proceden de un país extranjero, certificación de los mismos, de todos los miembros de la unidad familiar, expedido por el Organismo Oficial que tenga competencia a tal efecto.