- -
UPV
 
Naturaleza y funciones
Secretaría General Consejo de Gobierno Naturaleza y funciones  ...
El Consejo de Gobierno es el órgano de gobierno de la Universitat. Corresponde al Consejo de Gobierno (ver funciones):
Corresponden al Consejo de Gobierno las siguientes funciones:
a) Establecer las líneas estratégicas y programáticas de la Universitat, así como las directrices y procedimientos para su aplicación, en los ámbitos de organización de las enseñanzas, investigación, recursos humanos y económicos y elaboración de los presupuestos.
b)Proponer la creación, modificación y supresión de escuelas y facultades e institutos universitarios de investigación conforme al procedimiento interno que apruebe.
c) Acordar la creación, modificación y supresión de los departamentos y aquellos otros centros o estructuras, distintos de facultades y escuelas, necesarios para el desempeño de las funciones de la Universitat conforme al procedimiento interno que apruebe, de acuerdo con los términos previstos en la legislación vigente.
d) Asistir al rector y colaborar con el resto de los órganos de gobierno de la Universitat Politécnica de Valéncia en el ejercicio de las funciones que sean propias.
e) Elaborar y aprobar las restantes normas de desarrollo de los presentes Estatutos, en especial las que se deriven de la evolución del marco normativo universitario, excepto cuando éstos atribuyan dicha aprobación a otro órgano.
f) Aprobar y modificar los planes de estudio conducentes a la obtención de un título oficial.
g) Aprobar los programas de actividades académicas en sus aspectos generales y supervisar su desarrollo.
h) Establecer los criterios y procedimientos para la implantación y reconocimiento de estudios.
i) Aprobar los planes de investigación, desarrollo e innovación de la Universitat.
j) Establecer la política de selección, evaluación, promoción y retribuciones del personal docente e investigador y del personal de administración y servicios, a propuesta del rector.
k) Establecer el sistema objetivo de evaluación de los resultados de las actividades docentes e investigadoras de las diferentes estructuras que integran la Universitat y de sus miembros que sirva para la asignación de recursos y para acordar los respectivos planes de mejora de la calidad.
l) Velar por la eficacia de la docencia, la investigación y la gestión en la Universitat, por las condiciones de trabajo y de convivencia de todos los universitarios y por la función de servicio público que la Universitat ha de realizar de cara a la sociedad, y tomar todas las iniciativas que considere necesarias para conseguir esta finalidad, en el ámbito de sus competencias. Velar para que las diversas estructuras que integran la Universitat cumplan las funciones que les son propias y coordinar su actuación.
m) Establecer la normativa relativa a la reducción de la dedicación al puesto de trabajo habitual por el desempeño de órganos unipersonales de la Universitat.
n) Elaborar y aprobar su propio Reglamento de funcionamiento.

El Consejo se reunirá al menos una vez cada tres meses, y las comisiones cuantas veces sean necesarias. 3. Cuando la naturaleza de los asuntos así lo requiera, el rector o el presidente de la Comisión correspondiente podrá convocar, con voz pero sin voto, a cuantas personas estime necesario.

Más información en los artículos 43, 44, 45 y 46 de los Estatutos de la UPV.

EMAS upv