Todos los alumnos universitarios abonan automáticamente en la matrícula una pequeña cantidad en concepto de seguro escolar. Esta cuota convierte al alumno en asegurado y, si lo necesita, tendrá derecho a la protección que el seguro ofrece en caso de enfermedad, accidente o infortunio familiar.
a los universitarios españoles matriculados de manera oficial hasta los 28 años de edad (en todo caso, la cobertura alcanza hasta que termine el curso académico en que cumplan esta edad). Los estudiantes que sean titulares de una cartilla de Seguridad Social harán uso de la cartilla para los casos de enfermedad o accidente y recurrirán al seguro escolar en el caso de infortunio.
a los alumnos de Hispanoamérica, Andorra, Filipinas, Brasil, Siria, Jordania, Guinea, Marruecos, Iraq, Suiza, Norteamérica, Argelia, Haiti, todos los paises de la Unión Europea, y en general, a los estudiantes de países con los que exista un convenio.
En el caso de accidente producido como resultado de actividades relacionadas exclusivamente con la condición de estudiante. Incluye asistencia médico-farmaceútica completa, hospitalización, intervenciones quirúrgicas e indemnización económica en caso de incapacidad o muerte, según circunstancias.
Para intevenciones de cirugía programadas o de urgencia. Comprende todos los gastos derivados del diagnóstico, hospitalización y gastos de quirófano, con algunas excepciones. En el supuesto de que el alumnos quiera utilizar los servicios de médicos y hospitales no concertados, el seguro abona las cantidades máximas establecidas en sus tarifas y el alumno se hace cargo de la diferencia.
En casos de esquizofrenia, toxicomanía y psicopatías graves con internamiento y durante un periodo máximo de un año. Incluye asistencia post internamiento durante un periodo de seis meses, con posibilidad de prórroga.
Para patologías como son la tuberculosis pulmonar y ósea. Comprende la hospitalización durante un periodo máximo de tres años.
En servicios de tocología. Incluye asistencia al estudiante durante la gestación y el parto.
En los supuestos de infortunio familiar, es decir, por fallecimiento del cabeza de familia o por quiebra de la economía familiar (no se entiende como tal la insuficiencia permanente de recursos para pagar los estudios). El alumno recibe una ayuda durante el número de cursos naturales que le falten para terminar los estudios. Los estudiantes extranjeros están excluidos.
En temas de rehabilitación. Comprende los gastos de rehabilitación que se deriven de un accidente escolar o cirugía, con un límite de 30 sesiones.
Y, según los casos, se podrán considerar prestaciones de fisioterapia, cobaltoterapia, radioterapia, inmunoterapia, diálisis, cirugía maxilofacial.
En caso de necesitar asistencia, el alumno debe acudir en primera instancia y, siempre que sea posible, al Centro de Salud Laboral Juana Portaceli de la UPV, que está abierto de 8 a 20 horas.
En los centros concertados, se pedirá al alumno que muestre su DNI y el justificante del pago de la matrícula. Además, en algunos casos, el estudiante deberá rellenar un impreso oficial que puede recoger las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social y en el Centro de Salud Laboral Juana Portaceli, y anexar otros documentos específicos de cada situación (certificado médico de baja, parte de accidente, certificado de defunción, documentos que justifiquen la ruina familiar, informes médicos correspondientes, etc.).
En caso de duda, conviene contactar con el Centro de Salud Laboral Juana Portaceli de la UPV en el teléfono 963 87 74 07.